Actividad Minera: Son las acciones conducentes al evidenciar indicios de mineralización que buscan demostrar dimensiones, características, reservas y valores del área de interés geológico. Las etapas que implica son: exploración (cateo y prospección), construccion, produccion, beneficio, comercializacion, y operacion paralizada y cierre.
Anexo IV: Es el formato de compromiso con el Desarrollo Sostenible que recoge las acciones del titular minero como parte de su política de Responsabilidad Social y el cumplimiento de los principios estipulados en el Decreto Supremo N° 042-2003-EM.
Anexo IV: Es el formato de compromiso con el Desarrollo Sostenible que recoge las acciones del titular minero como parte de su política de Responsabilidad Social y el cumplimiento de los principios estipulados en el Decreto Supremo N° 042-2003-EM.
Commodity: Término inglés usado para referirse, sobre todo, a las materias primas que son objeto de demanda y son negociadas en mercados internacionales organizados.
Concesión Minera: Es el derecho que otorga el Estado para la realización de Actividad Minera en las etapas de exploración y producción en un área determinada.
Consejo de Minería: Es el órgano jurisdiccional administrativo en materia de minería encargado de conocer y resolver, en última instancia, los asuntos mineros y ejercer las demás funciones que le asigna la Ley General de Minería y normas legales reglamentarias y complementarias vigentes.
Declaración Anual Consolidada: Es un formato con carácter de declaración jurada, mediante el cual los Titulares Mineros informan al MINEM sobre sus actividades desarrolladas en el año previo.
Desarrollo Sostenible: Es aquel que asegura las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para enfrentarse a sus propias necesidades(*)
Gran Minería: Titulares mineros que tienen una capacidad instalada de producción y/o beneficio mayor a 5000 TMD.
Ley General de Minería: Comprende todo lo relativo al aprovechamiento de las sustancias minerales del suelo y del subsuelo del territorio nacional, así como del dominio marítimo. Se exceptúan del ámbito de aplicación de esta Ley, el petróleo e hidrocarburos análogos, los depósitos de guano, los recursos geotérmicos y las aguas minero-medicinales.
Ley General de Minería: Comprende todo lo relativo al aprovechamiento de las sustancias minerales del suelo y del subsuelo del territorio nacional, así como del dominio marítimo. Se exceptúan del ámbito de aplicación de esta Ley, el petróleo e hidrocarburos análogos, los depósitos de guano, los recursos geotérmicos y las aguas minero-medicinales.
Mediana Minería: Titulares mineros que tienen una capacidad instalada de produccion y/o beneficio de 350 a 5000 TMD.
Minería Metálica: Son las actividades mineras que conllevan la extracción de sustancias con contenido metálico.
Minería No Metálica: Son las actividades mineras que conllevan la extracción de sustancias con contenido no metálico.
Padrón Minero: Documento base que incluye a los titulares registrados para el pago del Derecho de Vigencia y Penalidad.
Productor Minero Artesanal: Titulares mineros que tienen una capacidad instalada de produccion y/o beneficio de hasta 25 TMD y para el caso de materiales de construcción, arenas, gravas, auríferas de placer, metales pesados detríticos, hasta 200 m3 por día.
Pequeño Productor Minero: Titulares mineros que tienen una capacidad instalada de produccion y/o beneficio de hasta 350 TMD y para el caso de materiales de construcción, arenas, gravas, auríferas de placer, metales pesados detríticos, hasta 3000 m3 por día.
Precio CIF: De las siglas en Inglés Cost, Insurance & Freight – Costo, Seguro y Flete. Este precio incluye la mercaderia puesta en puerto del destino con el flete y seguro pagado por el vendedor.
Precio FOB: De las siglas en ingles Free On Board - Libre a bordo. significa que la mercadería es puesta a bordo del barco con todos los gastos, derechos y riesgos a cargo del vendedor hasta que la mercaderia haya pasado la borda del barco, con flete excluido.
Sustancia Metálica: Denominación del Ministerio de Energía y Minas para los minerales con contenido de oro, plata, cobre, plomo, zinc, estaño, hierro, bismuto y molibdeno.
Sustancia No Metálica: Denominación del Ministerio de Energía y Minas para los minerales no metálicos de los depósitos naturales de roca y arena, así como sedimentos orgánicos. Entre ellos: arcilla, diatomita, carbón, feldespatos, mármol, rocas ornamentales y otros.
Titular minero: Es la persona natural o jurídica a quien el Estado Peruano otorga una concesión minera. El titular minero adquiere obligaciones y derechos respecto al mineral alojado en el subsuelo.
(*) Concepto tomado de la Comisión Mundial sobre
Ambiente y Desarrollo (Comisión Brundtland),
año 1987.
Fuente: “Minería Peruana: Contribución al Desarrollo Económico y Social, IIMP, 2011, Lima, Perú”
Tal vez le interese:
Glosario
Tal vez le interese:
BCRP : Banco Central de Reserva del Perú.
CIF : Costo, Seguro y Flete (siglas en inglés).
COFIDE : Corporación Financiera de Desarrollo S.A.
CVR : Comisión de la Verdad y Reconciliación.
DAC : Declaración Anual Consolidada.
DGM : Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas.
DNPEFP : Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
FOB : Libre a bordo (siglas en inglés).
FOCAM : Fondo de desarrollo de Camisea.
FONCOMUN : Fondo de Compensación Municipal.
FONCODES : Fondo Nacional de Cooperación para el Desarrollo.
FONDO EMPLEO: Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo.
FONIPREL : Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local.
Gr. F : Gramo Fino.
GM : Gran Minería.
IDEM : Instituto de Estudios Energéticos Mineros.
IDH : Índice de Desarrollo Humano.
IGV : Impuesto General a las Ventas.
IIMP : Instituto de Ingenieros de Minas del Perú.
INACC : Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero.
INEI : Instituto Nacional de Estadística e Informática.
INGEMMET : Instituto Geológico Minero y Metalúrgico.
IPC : Índice de Precios al Consumidor.
IR : Impuesto a la Renta.
ISC : Impuesto Selectivo al Consumo.
ITAN : Impuesto Temporal a los Activos Netos.
ITF : Impuesto a las Transacciones Financieras.
Kg. F : Kilogramo Fino.
MEF : Ministerio de Economía y Finanzas.
MINEM : Ministerio de Energía y Minas.
MM : Mediana Minería.
MTPE : Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
NBI : Necesidad Básica Insatisfecha.
OGGS: Oficina General De Gestion Social Del Ministerio De Energia Y Minas
PBI : Producto Bruto Interno.
PMA : Productor Minero Artesanal.
PMSP : Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo.
PPM : Pequeño Productor Minero.
PROINVERSION: Agencia Peruana de Promoción de la Inversión Privada.
SNMPE : Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía.
SUNAT : Superintendencia Nacional de Administración Tributaria.
TLF : Tonelada Larga Fina.
TM : Tonelada Métrica.
TMD : Tonelada Métrica Día.
TMF : Tonelada Métrica Fina.
UIT : Unidad Impositiva Tributaria.
USGS : Agencia Geológica de los Estados Unidos (siglas en inglés).